Juzgado de Policía Local

¿En qué consiste?

La Ley nro. 21.214 permite que, en adelante, los Juzgados de Policía Local puedan notificar ciertas resoluciones electrónicamente a los usuarios que lo soliciten.

Para ello el municipio ha habilitado una dirección especial de correo electrónico desde la que el tribunal podrá realizar notificaciones.

¿Qué resoluciones se pueden notificar?

En general, si se ha solicitado y el tribunal lo autoriza, se pueden notificar electrónicamente todas las resoluciones del tribunal…  Salvo las siguientes:

No se pueden notificar electrónicamente las demandas, querellas, denuncias particulares, ni las sentencias que impongan pena de prisión.

¿Cómo se solicita?

La solicitud no tiene forma, pero debe ser por escrito, contener el nombre completo, rut, correo electrónico y firma de la persona solicitante.

Esta petición puede entregarse al momento de ser infraccionado, al personal fiscalizador (Carabineros, Inspector). También puede entregarse al momento de pagar una multa en Tesorería Municipal; o puede entregarse en el tribunal.

EJEMPLO:

“Señor JPL de Río Hurtado. Yo, xxxxxxx xxxxxx xxxxxx, RUT XX.XXX.XXX-X, solicito ser notificado/a al correo electrónico xxxxxxx@xxxx.com que declaro eficaz bajo mi responsabilidad.

______________

FIRMA”

(Se está elaborando un formulario tipo)

Efectos:

  1. Cuando el tribunal autorice esta forma de notificación, la dirección de correo informada será válida para todas las demás resoluciones de esa causa.
  2. Las notificaciones se entenderán realizadas desde el momento del envío para todos los efectos legales, en especial para contar plazos.

 

¡MUY IMPORTANTE!

  1. El tribunal sólo enviará una copia en formato .pdf de la resolución que se notifica.
  2. NUNCA se enviarán enlaces o se pedirán datos personales.
  3. El tribunal NO pedirá pago en línea, para esa posibilidad debe consultar en Tesorería Municipal.
  4. No es necesario responder, ya que ese correo es sólo para envíos.

 

¿Cuál es el ÚNICO correo electrónico oficial desde el cual podrá recibir notificaciones, del Juzgado de Policía Local de Río Hurtado, si Ud. lo ha pedido?

jpl.notificaciones@riohurtado.cl

CONSULTAS:

Considerando la situación que afecta al país, la atención presencial se reserva sólo para entrega de licencias, para consultas puede llamar a:

+56 9 8560 4247

+56 9 4263 1092

De lunes a viernes de 09:00 a 12:00 horas.

Llame a esos números (o escriba al correo juzgadopolicialocal@riohurtado.cl) para coordinar declaraciones pendientes, programar comparendos virtuales (via Zoom), recibir orientación general sobre la tramitación ante este juzgado.

Juez Titular: Cristian Campusano Leiva

Secretario Abogado Titular: Marcela Honores Adaos

Secretario Subrogante: Quien desempeñe la función de Secretario Municipal al momento de encontrarse ausente el titular o encontrarse ejerciendo como Juez Subrogante.

Horario de Funcionamiento (Normal): Lunes a Viernes 08:30 a 16:30 horas.

Horario de atención de público (Normal): Lunes a Viernes 08:30 a 16:30 horas.

Horario de Audiencias Juez (Normal): Lunes a Miércoles 10:30 a 13:30 horas.

Horario de Funcionamiento (Estado de Emergencia): Lunes a Viernes 08:30 a 16:30 horas REMOTO.

Horario de atención de público (Estado de Emergencia): Lunes a Viernes 08:30 a 12:00 horas REMOTO. Sólo se atenderá personalmente para entrega de licencias los días lunes y miércoles de 10:30 a 12:30 horas.

Horario de Audiencias Juez (Estado de Emergencia): Lunes a Miércoles 10:30 a 13:30 horas previa coordinación y sólo para asuntos impostergables que no puedan desarrollarse virtualmente.

 

TELÉFONOS Y CORREOS DE CONTACTO:

Funcionaria Administrativa: + 56 9 5726 6710

Secretario Abogado: +56 9 / juzgadopolicialocal@riohurtado.cl

Juez Titular: +56 9 4263 1092 / juezpolicialocal@riohurtado.cl

Dirección para escritos de plazo fuera de horario (aunque se recomienda programar presentación electrónica): Pedro Barrios 1005, Hacienda Mirador, comuna de Ovalle.

 

Cristian Campusano Leiva

Juez de Policía Local de Río Hurtado